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Bogotá presenta reforma tributaria distrital: incentivos para inversión y modernización del sistema fiscal.




La Alcaldía Mayor de Bogotá ha radicado ante el Concejo el Proyecto de Acuerdo 767 de 2025, una propuesta integral que busca dinamizar la economía local a través de incentivos tributarios, ajustes normativos y una reestructuración del sistema fiscal distrital.

Principales medidas propuestas:

1. Incentivos al emprendimiento y grandes inversiones

  • Se propone una tarifa progresiva del impuesto de Industria y Comercio (ICA) para nuevas microempresas: 0 % en el primer año, hasta llegar al 100 % en el sexto año. No aplica a sectores como el financiero y la construcción.

  • Exención de ICA por 10 años para inversiones industriales y tecnológicas que superen montos mínimos establecidos en UVT.

  • Incentivos adicionales para inversiones ubicadas en los Distritos Aeroportuarios (Fontibón y Engativá).

2. Ajuste de tarifas del ICA por actividad económica

  • Tarifas diferenciadas: desde el 4 ‰ (alimentos, farmacéuticos, manufactura) hasta el 21 ‰ (licores, combustibles, servicios financieros).

  • Redefinición de tarifas para contribuyentes del Régimen SIMPLE, agrupadas por tipo de actividad (comercio, servicios, industria, entre otros).

3. Cambios en el impuesto predial y nuevos beneficios fiscales

  • Límites al incremento del predial para estratos 1, 2 y 3 según IPC.

  • Exenciones para proyectos de arrendamiento especializado y renovación urbana.

  • Nuevo impuesto de alumbrado público con tarifas de hasta 10 %, dependiendo del estrato y uso del predio.

4. Otros ajustes clave

  • Declaración anual y anticipos bimestrales de la sobretasa bomberil (1 % del ICA para ingresos superiores a 17.264 UVT).

  • Eliminación del impuesto de publicidad exterior visual.

  • Diferimiento del impuesto vehicular a partir de 2027.

  • Gravamen del ICA a servicios digitales prestados vía plataformas o internet (publicidad digital, marketplaces, etc.).

5. Compilación normativa y doctrina tributaria

  • El proyecto faculta al Alcalde para consolidar el Estatuto Tributario Distrital en un solo decreto dentro de los seis meses siguientes a su aprobación.

  • Se otorga carácter obligatorio a la doctrina emitida por la Secretaría de Hacienda, tanto para la administración como para los contribuyentes en sede judicial o administrativa.

👉 Descarga el texto completo del Proyecto de Acuerdo 767 de 2025 aquí: 


 
 
 

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